Corte ordena pago de licencias de maternidad aún en casos de cotización incompleta

Foto: Archivo / EL TIEMPO

La avalancha de tutelas obligó a la Corte Constitucional a pronunciarse sobre el tema de las licencias de maternidad.

El tribunal ordenó al Gobierno corregir las fallas en el sistema y asegurar que las mujeres de bajos recursos no dejen de recibir ese beneficio.

La Corte resolvió, en su primera semana de trabajo tras las vacaciones colectivas de la Rama Judicial, un paquete de 20 tutelas interpuestas por madres a las que les fue negado el pago de la licencia porque o bien cotizaron por un tiempo inferior al de la gestación o porque hicieron pagos extemporáneos.

Y, como ya lo había hecho el año pasado, cuando ordenó que el Gobierno incluya en el POS todas sus disposiciones, dio órdenes precisas: el Ministerio de Protección Social, el Consejo Nacional de Salud  y la Comisión de Regulación de Salud tienen cuatro meses para adoptar medidas que protejan a las madres más más pobres y a sus hijos.

En algunos casos, será el Fosyga el que asuma proporcionalmente el costo de las licencias, como sucede hoy con las enfermedades de alto costo.

La Corte estudio casos como el de una madre que no tuvo licencia porque le faltaron nueve días de cotización y otra de una que solo lo hizo durante las últimas cuatro semanas antes del nacimiento de su hijo. En otro caso la licencia remunerada fue negada porque efectuó los pagos de manera extemporánea.

Según los magistrados, "la mayoría, casi la totalidad, de las acciones de tutela para obtener el pago de la licencia de maternidad son interpuestas por mujeres pobres (...) que en todo caso requieren el pago de la licencia para su supervivencia". Muchas de ellas son trabajadoras informales que cotizan de manera independiente y "se afilian después de conocer su estado de embarazo, cuando tienen entre cinco y ocho semanas, para obtener el pago de la licencia y para que el Sistema de Seguridad Social en Salud asuma el costo del parto y de los cuidados prenatales".

Pero incluso si no cumplen con los requisitos, dijo el alto tribunal, el Estado debe protegerlas. En ese sentido dice que el incumplimiento de los pagos "no debe tenerse como un argumento suficiente para negar el pago de la licencia de maternidad, pues su verificación no puede realizarse de manera independiente a las circunstancias en que se encuentran" (las madres).

Si la madre ha dejado de pagar hasta 10 semanas y su base de cotización es un salario mínimo, le deben pagar la licencia completa. Y si lo no pagado son once semanas o más, la licencia pagada deberá ser proporcional a sus aportes.

La Corte también señala que aun cuando el empleador sea el responsable de la falta de pagos, debe asumir él mismo el costo de las licencias.

Requisitos

Para el pago de la licencia se deben cumplir fundamentalmente cinco requisitos:

·                     Haber cotizado durante la gestación

·                     Haber efectuado los pagos de al menos cuatro meses antes del derecho a la licencia.

·                     No tener deudas con la EPS o IPS,

·                     Haber suministrado información veraz

·                     Haber cumplido con las reglas de periodos mínimos de movilidad (permanencia en una EPS antes de cambiarse a otra).

REDACCIÓN JUSTICIA