Corte ordena pago de licencias de
maternidad aún en casos de cotización incompleta
Foto: Archivo / EL TIEMPO
La avalancha de tutelas obligó a la Corte Constitucional
a pronunciarse sobre el tema de las licencias de maternidad.
El tribunal ordenó al Gobierno corregir las fallas en el
sistema y asegurar que las mujeres de bajos recursos no dejen de recibir ese
beneficio.
La Corte resolvió, en su primera semana
de trabajo tras las vacaciones colectivas de la Rama Judicial, un paquete de 20
tutelas interpuestas por madres a las que les fue negado el pago de la licencia
porque o bien cotizaron por un tiempo inferior al de la gestación o porque
hicieron pagos extemporáneos.
Y, como ya lo había hecho el año pasado,
cuando ordenó que el Gobierno incluya en el POS todas sus disposiciones, dio
órdenes precisas: el Ministerio de Protección Social, el Consejo Nacional de Salud y
la Comisión de Regulación de Salud tienen cuatro meses para adoptar medidas que
protejan a las madres más más pobres y a sus hijos.
En algunos casos, será el Fosyga el que
asuma proporcionalmente el costo de las licencias, como sucede hoy con las enfermedades
de alto costo.
La Corte estudio casos como el de una
madre que no tuvo licencia porque le faltaron nueve días de cotización y otra
de una que solo lo hizo durante las últimas cuatro semanas antes del nacimiento
de su hijo. En otro caso la licencia remunerada fue negada porque efectuó los
pagos de manera extemporánea.
Según los magistrados, "la mayoría,
casi la totalidad, de las acciones de tutela para obtener el pago de la
licencia de maternidad son interpuestas por mujeres pobres (...) que en todo
caso requieren el pago de la licencia para su supervivencia". Muchas de
ellas son trabajadoras informales que cotizan de manera independiente y
"se afilian después de conocer su estado de embarazo, cuando tienen entre
cinco y ocho semanas, para obtener el pago de la licencia y para que el Sistema
de Seguridad Social en Salud asuma el costo del parto y de los cuidados
prenatales".
Pero incluso si no cumplen con los
requisitos, dijo el alto tribunal, el Estado debe protegerlas. En ese sentido
dice que el incumplimiento de los pagos "no debe tenerse como un argumento
suficiente para negar el pago de la licencia de maternidad, pues su
verificación no puede realizarse de manera independiente a las circunstancias
en que se encuentran" (las madres).
Si la madre ha dejado de pagar hasta 10
semanas y su base de cotización es un salario mínimo, le deben pagar la
licencia completa. Y si lo no pagado son once semanas o más, la licencia pagada
deberá ser proporcional a sus aportes.
La Corte también señala que aun cuando
el empleador sea el responsable de la falta de pagos, debe asumir él mismo el
costo de las licencias.
Requisitos
Para el pago de la licencia se deben
cumplir fundamentalmente cinco requisitos:
·
Haber cotizado durante la gestación
·
Haber efectuado los pagos de al menos
cuatro meses antes del derecho a la licencia.
·
No tener deudas con la EPS o IPS,
·
Haber suministrado información veraz
·
Haber cumplido con las reglas de
periodos mínimos de movilidad (permanencia en una EPS antes de cambiarse a
otra).
REDACCIÓN JUSTICIA