Hacen juicio indígena por aborto de niña de 13 años

En el juicio público, en el Resguardo de Puracé, participaron 600 comuneros y la directiva del Cabildo.

El hecho fue denunciado a la Fiscalía, pero por diferencias con las leyes nacionales, autoridades del resguardo lograron un acuerdo para que lo asumieran ellos. Los padres dicen que fue violada.

La comunidad Coconuco del Cauca sentó un precedente en la justicia indígena, al considerar como homicidio la interrupción del embarazo de una niña de 13 años. Por este hecho fueron juzgados y condenados sus padres, la niña y la partera que hizo el procedimiento.

En el juicio público, realizado en el resguardo de Puracé, municipio del mismo nombre, participaron 600 comuneros y la directiva del Cabildo.

La menor indígena tenía entre tres y cuatro meses de embarazo, según las pruebas recolectadas en el juicio, cuando sus padres decidieron interrumpir la gestación por intermedio de una partera reconocida en la comunidad.

Las cosas, tal como se planearon, debieron quedar ocultas, pero el hecho fue denunciado por un comunero ante la Fiscalía de Popayán, lo que generó la apertura de la investigación de acuerdo con la Ley colombiana. Pero cuando las autoridades del Resguardo se enteraron reclamaron el derecho de competencia y lograron un acuerdo con la Fiscalía para que lo asumiera la justicia indígena.

La pena más fuerte la recibió la partera, por ejecutar la acción y no haber aconsejado a los padres de la niña para evitar la interrupción del embarazo. Fue condenada a cinco años de castigo, tres de ellos en 'patio prestado', es decir, pagará su pena en una cárcel de Popayán, los otros dos años serán de trabajo comunitario. También tendrá que pagar una multa de 12'960.000 pesos, dinero que irá al fondo del Cabildo para la niñez discapacitada del Resguardo.

La mamá de la niña fue sentenciada a cinco años de castigo. Uno lo pagará en la cárcel y los otros cuatro serán de trabajo comunitario, de él tendrá que subsistir y generar ganancias para el Resguardo.

El padre, César Augusto Calapsú, pagará un año de cárcel en la Penitenciaría San Isidro y tres de trabajo comunitario bajo las mismas condiciones aplicadas a su esposa.

La joven, por su parte, recibirá apoyo psicológico y acompañamiento de la comunidad para su resocialización, pero no se salvó del 'fuete' por haber mentido a sus padres. Además, tuvo que pedir perdón a la comunidad.

Investigan si hubo violación

El caso aún no termina. Ahora se investiga si la menor fue violada, como argumentaron ella y sus padres durante el juicio. Esto no cambiaría la pena, pero sí implicaría un castigo para el hombre que abusó de ella.

Si por el contrario, se comprueba que hubo consentimiento de las partes y que no existió la agresión sexual, la sentencia podría aumentarse para la partera y sus padres por mentir ante la asamblea indígena.

Según Rubiel Olinto Mazabuel, gobernador del Resguardo de Puracé, esta es la primera vez que se juzga un caso de aborto, como se conoce en la Ley colombiana.

"Para nosotros, como Ley indígena, este hecho es un homicidio, aunque en la ley ordinaria no lo sea", señaló Olinto Mazabuel.

El gobernador explicó que la diferencia radica en que la Ley colombiana no lo considera homicidio por tratarse de un feto no nacido, mientras para los indígenas se trata del hecho de terminar una vida que ya había comenzado en el vientre de la menor.

"La vida se inicia desde el proceso en que se engendra, desde ese instante en que el óvulo de la mujer es fecundado por el espermatozoide del hombre", señaló el gobernador.

Este caso, además, se configura, para la cosmovisión indígena, en un desequilibrio entre el ser humano y la madre naturaleza y por eso, aseguran ellos, requiere un remedio y una sanción ejemplar.

POPAYÁN