Hacen juicio indígena por aborto
de niña de 13 años
En
el juicio público, en el Resguardo de Puracé,
participaron 600 comuneros y la directiva del Cabildo.
El
hecho fue denunciado a la Fiscalía, pero por diferencias con las leyes
nacionales, autoridades del resguardo lograron un acuerdo para que lo asumieran
ellos. Los padres dicen que fue violada.
La
comunidad Coconuco del Cauca sentó un precedente en
la justicia indígena, al considerar como homicidio la interrupción del embarazo
de una niña de 13 años. Por este hecho fueron juzgados y condenados sus padres,
la niña y la partera que hizo el procedimiento.
En
el juicio público, realizado en el resguardo de Puracé,
municipio del mismo nombre, participaron 600 comuneros y la directiva del
Cabildo.
La
menor indígena tenía entre tres y cuatro meses de embarazo, según las pruebas
recolectadas en el juicio, cuando sus padres decidieron interrumpir la
gestación por intermedio de una partera reconocida en la comunidad.
Las
cosas, tal como se planearon, debieron quedar ocultas, pero el hecho fue
denunciado por un comunero ante la Fiscalía de Popayán, lo que generó la
apertura de la investigación de acuerdo con la Ley colombiana. Pero cuando las
autoridades del Resguardo se enteraron reclamaron el derecho de competencia y
lograron un acuerdo con la Fiscalía para que lo asumiera la justicia indígena.
La
pena más fuerte la recibió la partera, por ejecutar la acción y no haber
aconsejado a los padres de la niña para evitar la interrupción del embarazo.
Fue condenada a cinco años de castigo, tres de ellos en 'patio prestado', es
decir, pagará su pena en una cárcel de Popayán, los otros dos años serán de
trabajo comunitario. También tendrá que pagar una multa de 12'960.000 pesos,
dinero que irá al fondo del Cabildo para la niñez discapacitada del Resguardo.
La
mamá de la niña fue sentenciada a cinco años de castigo. Uno lo pagará en la
cárcel y los otros cuatro serán de trabajo comunitario, de él tendrá que
subsistir y generar ganancias para el Resguardo.
El
padre, César Augusto Calapsú, pagará un año de cárcel
en la Penitenciaría San Isidro y tres de trabajo comunitario bajo las mismas
condiciones aplicadas a su esposa.
La
joven, por su parte, recibirá apoyo psicológico y acompañamiento de la
comunidad para su resocialización, pero no se salvó
del 'fuete' por haber mentido a sus padres. Además, tuvo que pedir perdón a la
comunidad.
Investigan
si hubo violación
El
caso aún no termina. Ahora se investiga si la menor fue violada, como
argumentaron ella y sus padres durante el juicio. Esto no cambiaría la pena,
pero sí implicaría un castigo para el hombre que abusó de ella.
Si
por el contrario, se comprueba que hubo consentimiento de las partes y que no
existió la agresión sexual, la sentencia podría aumentarse para la partera y
sus padres por mentir ante la asamblea indígena.
Según
Rubiel Olinto Mazabuel,
gobernador del Resguardo de Puracé, esta es la
primera vez que se juzga un caso de aborto, como se conoce en la Ley colombiana.
"Para
nosotros, como Ley indígena, este hecho es un homicidio, aunque en la ley
ordinaria no lo sea", señaló Olinto Mazabuel.
El
gobernador explicó que la diferencia radica en que la Ley colombiana no lo
considera homicidio por tratarse de un feto no nacido, mientras para los
indígenas se trata del hecho de terminar una vida que ya había comenzado en el
vientre de la menor.
"La
vida se inicia desde el proceso en que se engendra, desde ese instante en que
el óvulo de la mujer es fecundado por el espermatozoide del hombre",
señaló el gobernador.
Este
caso, además, se configura, para la cosmovisión indígena, en un desequilibrio
entre el ser humano y la madre naturaleza y por eso, aseguran ellos, requiere
un remedio y una sanción ejemplar.
POPAYÁN