Prohibición de fumar en sitios
públicos cerrados empezará a regir a partir de mañana
Así lo establece la resolución 1956, expedida por el Ministerio de la Protección
Social el 30 mayo pasado. En los colegios no se podrá fumar ni siquiera al aire
libre.
Ciudadanos acatan
y reciben la medida que prohibe fumar en espacio públicos cerrados
Los ciudadanos no fumadores aceptaron con alegría la
nueva medida. Los fumadores, no tan felices, cumplen la orden.
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Citytv
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Fuertes
sanciones para quienes incumplan la medida que prohíbe fumar en espacios
cerrados públicos
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50
por ciento de bares y discotecas de Bogotá están listos para cumplir
restricción contra fumadores
La norma, que es clara en definir que la
prohibición cobija toda área cubierta "por un techo o cerrada entre una o
más paredes o muros", aplica a bares, cafeterías, tabernas y restaurantes;
entidades de salud; centros comerciales, áreas comunes cerradas de edificios y
conjuntos de vivienda; terminales aéreos y terrestres; medios de transporte
público, oficial y escolar; escenarios para espectáculos artísticos o
deportivos con techo y todos los sitios de trabajo, públicos y privados.
Sobre las instituciones de educación formal, en sus niveles de educación
preescolar, básica y media, y no formal en las que haya menores de edad, pesa
una prohibición estricta del consumo de cigarrillo, incluso en áreas abiertas
(las canchas o los jardines de los colegios, por ejemplo).
"En este caso no solo se contempla la obligatoriedad que tiene la sociedad
de proteger la salud de sus niños y adolescentes de los efectos nocivos del
cigarrillo, sino que se busca no inducirlos, mediante el ejemplo, a que se
familiaricen con el hábito de fumar", explica Carlos Ignacio Cuervo,
viceministro de salud y bienestar.
En otras palabras, en adelante solo se podrá fumar en espacios al aire libre. Y
el plazo para que los establecimientos públicos adecuaran terrazas y zonas
abiertas para sus clientes fumadores, también vence mañana.
La norma negó de plano la posibilidad de construir zonas internas con
ventilación especial donde se pueda fumar, "hay evidencia científica que
demuestra que los extractores no son eficaces frente a la medida; no logran
absorber ni sacar todo el humo que se disipa en el ambiente", dijo Cuervo.
El Viceministro aseguró que con la 1956 no solo se busca dar cumplimiento al
compromiso adquirido por el país al ratificar, en diciembre del 2007, el
Convenio Marco para el Control del Tabaco, sino también empezar a contrarrestar
los efectos dañinos del cigarrillo:
"El tabaquismo es la principal causa de muerte evitable en el mundo; miles
de estudios han asociado este hábito con la ocurrencia de 16 tipos de cáncer,
especialmente al de pulmón. Sus efectos se dan tanto en fumadores como en no
fumadores, expuestos al humo", puntualizó.
Lenis Urquijo, asesor del Ministerio, afirmó que las sanciones para los
establecimientos que incumplan la resolución están contempladas por normas como
la Ley Novena de 1979, el Código Nacional de Policía (para el país) y el Código
de Policía de Bogotá (para la capital).
Las alcaldías o las secretarías de Salud pueden imponer, previos procesos,
sanciones que abarcan amonestación, multas equivalentes a 10 mil salarios
mínimos legales, decomiso, suspensión de permiso sanitario y cierre temporal o
definitivo de establecimientos.
Dónde se puede fumar y dónde no
¿Qué medidas deben adoptar los
establecimientos para cumplir la medida?
Fijar avisos en los que aclaren que son espacios libres de humo de cigarrillo y
adoptar medidas para disuadir a los fumadores para que no consuman este
producto en sus locales. La ley faculta a los administradores, incluso, a
suspenderles el servicio si persisten y exigirles abandonar los locales.
¿Y si se niegan?
Clientes no fumadores y administradores pueden pedir apoyo de la Policía para
retirar del lugar a quienes se nieguen a apagar el cigarrillo.
¿Se puede fumar
en terrazas con carpas?
Es posible habilitar mesas con sombrillas; la carpa, que es considerada techo,
no.
¿Se puede fumar en
la casa?
Sí, pues la resolución respeta el ámbito privado. No obstante, está prohibido
hacerlo en áreas comunes cerradas (escaleras del edificio, garajes bajo techo,
recepción).
¿Y en los parques,
donde hay niños?
También se puede fumar; la norma permite hacerlo en espacios al
aire libre.
¿Qué pasa con sitios
de concierto o espectáculos deportivos?
Si son cerrados, como Corferias, el Coliseo El Campín y el Palacio de los
Deportes, está prohibido. Es obligación de los organizadores y administradores
tomar las medidas que sean necesarias para proteger a los asistentes que no
fuman. Si los escenarios son al aire libre, la prohibición no rige. No
obstante, como a ellos asisten muchos niños, el tema todavía es objeto de
estudio.
En Bogotá habrá dos semanas pedagógicas
La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá enviará a 20
inspectores a vigilar el cumplimiento de la norma.
Ellos, en estas dos primeras semanas, solo harán una labor pedagógica de
divulgación de la prohibición en dichos lugares.
Después, dijo el secretario Distrital de Salud, Héctor Zambrano, se llamará la
atención a los establecimientos que incumplan con la restricción.
Si estos reinciden en la infracción, serán sancionados con multas que, según la
gravedad de la misma, oscilarán entre uno y mil salarios mínimos mensuales; es
decir, entre 461.500 pesos y 461'500.000. Inclusive, la autoridad podría decidir
el cierre del establecimiento.
Para verificar el cumplimiento de la medida antitabaco, Zambrano informó que se
utilizarán aparatos detectores de humo, los cuales ya están en proceso de
importación.
En la ciudad, desde hace cinco años, el Código de Policía prohibió fumar en
espacios públicos cerrados y, desde entonces, muchos establecimientos pusieron
sus avisos de 'Prohibido fumar' en las paredes y puertas de entrada. Pero en la
mayoría de ellos dejaban consumir cigarrillos.
Ahora, cuando entra a regir la nueva restricción a nivel nacional, de los 3.000
bares y discotecas registrados legalmente en Bogotá, solo "un 50 por
ciento de sitios ya está preparado para aplicar la medida", sostuvo el
presidente de la Asociación de Bares de Bogotá (Asobares), Camilo Ospina.
"Estamos dispuestos a cumplir con la prohibición y nos estamos preparando
para aplicarla desde este jueves. Sin embargo, aún falta claridad en la norma
sobre cómo aplicarla en las terrazas y las sanciones que se impondrán",
agregó.
Desde hace cerca de un mes, dueños de bares, discotecas y restaurantes de
grandes zonas para la rumba y la gastronomía en el norte de Bogotá, como la
Zona T, la Zona Rosa y la Zona G, comenzaron a adecuar terrazas e interiores de
los establecimientos para cumplir con la nueva norma.
"Desde mañana tendremos que recibir a nuestros clientes con la frase: aquí
no se puede fumar en el interior, sino solo en la terraza", dijeron Juan
Yepes y Mateo Durán, administradores del Ovejo y Tirana, en la Zona T.
Medidas en otras ciudades del país
Medellín: Desde el lunes bares, discotecas, casinos y espacios
públicos cerrados comenzaron a aplicar la resolución. El fin de semana la
secretaria de Salud, Luz M. Agudelo, hizo un recorrido para sensibilizar a los
dueños de estos sitios sobre la medida.
Cali: Diego Gómez, de la Asociación de Establecimientos
Nocturnos de Diversión, dijo que en varios de ellos ya han puesto avisos
diciendo que son lugares libres de humo y que se han adecuado antejardines para
fumadores.
Barranquilla: Edwin Madera, vicepresidente de la asociación de
establecimientos nocturnos, dice estar dispuesto a aceptar la norma, pero cree
que será difícil obligar a un cliente a que apague su cigarrillo si llega
fumando.
SONIA PERILLA SANTAMARÍA
REDACCIÓN SALUD