Medicamentos que no hacen parte del Plan Obligatorio de Salud deben ser asumidos por la Nación

Así lo ordenó el Consejo de Estado que falló contra una resolución del Ministerio de Protección Social.

La Sección Primera del alto tribunal anuló una resolución que expidió el Ministerio de la Protección Social en el que se determinaba que el costo de los medicamentos fuera del POS debía ser reconocido por partes iguales  entre  el Fosyga  y  la EPS.

"Es el Estado quien debe asumir el cien por ciento de su valor, precisamente por tratarse de obligaciones adicionales pues (...)"el valor de los mismos no es tenido en cuenta al momento de determinar el monto de las Unidades de Pago por Capitación (UPC), a las cuales tienen derecho las EPS por cada afiliado o beneficiario", indicaron los magistrados en el fallo

El Consejo de Estado concluyó en el fallo que la disposición del Ministerio de Protección que fue anulada propiciaba un  desequilibrio económico.

Según el fallo, 'es el Estado el que debe asumir el ciento por ciento de su valor, por tratarse de obligaciones adicionales'.

Consejo de Estado anuló un aparte de una resolución que expidió el Minprotección hace seis años y que obligaba a las entidades de Salud a compartir con el Fosyga, por partes iguales, ese costo.

El Ministerio de la Protección evalúa el impacto de esa decisión, tomada por la Sección Primera, que le ordena al Fondo de Solidaridad y Garantías (Fosyga) asumir en su totalidad el costo de los medicamentos que no hacen parte del Plan Obligatorio de Salud (POS) y que deben ser suministrados por las EPS.

Según el fallo, "es el Estado el que debe asumir el ciento por ciento de su valor, precisamente por tratarse de obligaciones adicionales (...) El valor de las mismas no es tenido en cuenta al momento de determinar el monto de las Unidades de Pago por Capitación (UPC), a las cuales tienen derecho las EPS por cada afiliado o beneficiario".

La resolución demandada, expedida por el Ministerio el 3 de octubre del 2003, reglamentaba la forma como debía liquidarse el pago de los medicamentos no POS dados a pacientes por orden de los Comités Técnicos Científicos. El lío es que esa norma había sido modificada y, además, podría entrar en contravía con decisiones de la Corte Constitucional sobre el sistema de Salud.

Por ahora, las EPS privadas estudian demandar la devolución de los dineros que pagaron de más durante el tiempo que estuvo vigente la resolución. En el Ministerio de la Protección estudian las implicaciones económicas de la decisión.

En este momento, el pago se hace sobre la diferencia entre el valor de la droga del POS (genérico) y su equivalente de marca.

Además, recuerdan que la sentencia T-760 de la Corte Constitucional ordena que las EPS y el Fosyga compartan los costos de los tratamientos y medicamentos que los pacientes  obtienen vía tutela.

REDACCIÓN JUSTICIA