Derecho al aborto llegará a
colegios
Corte
dio tres meses a los ministerios de Educación y de la Protección Social para
diseñar un plan de promoción sobre los derechos sexuales de la mujer.
El
derecho que tiene la mujer a abortar, en los casos de violación, malformación
del feto o riesgo para la vida de la madre, como lo estableció la Corte
Constitucional en una sentencia del 2006, será tema de discusión y de campañas
en los colegios públicos y privados del país.
Así
lo acaba de ordenar la Corte Constitucional al decidir una tutela interpuesta
por una mujer a la que una clínica e incluso los jueces de primera y segunda
instancia le negaron el ejercicio de ese derecho, a pesar de que su salud
estaba en riesgo.
En
la sentencia, los magistrados les dan tres meses a los ministerios de Educación
y de la Protección Social para que, "de manera pronta, constante e
insistente", diseñen un plan nacional de promoción de los derechos
sexuales y reproductivos de las mujeres, que debe incluir la sentencia que
despenalizó el aborto en las tres situaciones mencionadas. Ese programa, según
la Corte, deberá ser presentado en todas las instituciones educativas.
Y
para asegurarse de que se cumpla esta orden, la Corte les pide a la
Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo que verifiquen la aplicación de las
campañas y exige seguimientos al impacto de las mismas, y aclara que la
información contenida en estas debe ser en "términos sencillos, claros e
ilustrativos".
A
su vez, la Superintendencia de Salud deberá asegurarse de que todas las EPS
respeten el derecho de las mujeres a abortar en los casos señalados en la
sentencia del 2006. La Corte resaltó incluso que las niñas menores de 14 años
tienen derecho a decidir en estos casos.
El
caso que llevó a la Corte al enérgico pronunciamiento ocurrió en Santa Marta
(Magdalena) en el 2006. El bebé presentaba múltiples deformaciones en los
huesos a las 12 semanas de gestación.
Aunque
una junta médica en Saludcoop, la EPS que la atendió,
le recomendó a la madre la interrupción del embarazo, en una clínica de
Barranquilla le exigieron una orden judicial para realizar la intervención
quirúrgica. Ante ese hecho, el esposo presentó una tutela para que un juez
ordenara el aborto, pero el servidor judicial también se negó y alegó objeción
de conciencia.
"Las
entidades prestadoras del servicio de salud deben abstenerse de exigir a las
mujeres que optan por interrumpir su embarazo previo permiso judicial. Esta
práctica resulta a todas luces inadmisible y se convierte en una seria y grave
afrenta contra los derechos constitucionales fundamentales de la mujer, que han
de ser garantizados y plenamente protegidos", dice la Corte
Constitucional.
Investigar
a jueces y a médicos
Los
magistrados enviaron copias de las decisiones del Juez Segundo Penal Municipal
de Santa Marta y Segundo Penal del Circuito de esa ciudad, quienes conocieron
de la tutela, a la Fiscalía y al Consejo Superior de la Judicatura para que
investiguen su proceder.
"Por
más profundas y respetables que sean las creencias religiosas de las
autoridades judiciales en su ámbito personal, no pueden abstenerse de tramitar
y decidir un caso puesto a su consideración aduciendo motivos de conciencia, y
tampoco pueden decidir con fundamento en sus propias convicciones morales,
desconociendo la obligación en cabeza suya de decidir de conformidad con la
normatividad vigente (...).
En
un auto, la Corte también le ordenó al Tribunal Nacional de Ética Médica dar
instrucciones a todas sus seccionales que inicien investigaciones sobre todos
los casos en los que los facultativos se nieguen a realizar estos
procedimientos.
Seguimiento
a caso de niña
En
otra decisión sobre el mismo tema, la Corte pidió a la Superintendencia de
Salud, a la Procuraduría y a los tribunales de ética médica hacer un
seguimiento al cumplimento de una orden de tutela en la que protegió los
derechos de una menor de 13 años en Cúcuta, que fue violada y a quien le
negaron su derecho a abortar.
Tras
haber denunciado el caso, la menor y su madre se convirtieron en blanco de
amenazas, agresiones y un intento de secuestro por parte del hombre señalado de
haber cometido la violación, hecho que agravó aún más la situación de la niña.
El
caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ordenó al
Estado colombiano tomar medidas cautelares para proteger a la menor y a su
progenitora.
'Jóvenes
no deben tragar entero': Conaced
El
padre José Leonardo Rincón, presidente de la Confederación Nacional Católica de
Educación (Conaced Nacional), entidad que representa
a 1.200 colegios católicos en Colombia, dice que "no vamos a desobedecer
la normativa, pero sí vamos a decir cuál es la doctrina de la Iglesia frente a
la defensa de la vida y a todo lo que atente contra ella, como es el aborto. Es
decir, decirles a nuestros estudiantes: 'esto es lo que dice el Estado y esta
es nuestra opinión'".
"Creo
que tenemos el derecho y la obligación de hacerlo, al ser formadores de la
conciencia de los jóvenes y de que no traguen entero lo que se les dice, sin
conocer todas las partes".
REDACCIÓN
JUSTICIA