La salud, sin la estrella de
Santos
Resulta
desconcertante que los aciertos que han iluminado el inicio de la
administración del presidente Santos no se repitan en el tema de la salud. La
designación del economista Mauricio Santamaría en Protección Social fue
inicialmente muy bien recibida. Pero ya afronta una aguda controversia con los
profesionales de la salud, decepcionados por no vislumbrar en el sector la
innovación y el cambio de rumbo que se esperaban, estos sí ocurridos a las 48
horas de la posesión del Presidente, con las relaciones internacionales y con
el tratamiento dado a las altas cortes del Poder Judicial.
El ex ministro Palacio logró, sin proponérselo, que el sector se congregara en
la defensa de los principios perennes que han caracterizado el ejercicio de las
ciencias de la salud. La caída de los decretos de la emergencia social no solo
significó el acta de defunción del sistema creado por la Ley 100, sino la coyuntura
para que las entidades profesionales se comprometieran en la defensa de la
autonomía médica y de los derechos de los pacientes, vulnerados en los tales
decretos, dizque para aminorar el gasto en salud.
Los escándalos sobre las contrataciones millonarias para redactar los decretos
de la emergencia social marcaron la campaña presidencial y fue precisamente el
Ministro del Interior quien mencionó otra cuantiosa suma, cercana a los 150
millones de dólares, prestada por el BID, para apoyar la reforma de la Ley 100.
Tanto el proyecto de ley estatutaria como los de ley ordinaria que se tramitan
en el Congreso están signados por el fardo de la emergencia social, otra triste
herencia del pasado gobierno. El ministro Santamaría, en artículo para este
diario (21-11-10), menciona que la reforma que impulsa el Gobierno debe
solucionar "problemas estructurales", pero en el desarrollo de la
tesis mantiene el modelo económico de la Ley 100, caracterizado por el poder
dominante y lucrativo de los intermediarios, sin cuestionarse a dónde han ido a
parar los recursos percibidos por ellos en los últimos 16 años.
Por consiguiente, los proyectos en discusión siguen anegados, sin imaginación,
maquillando a un sistema que está fracasado. De hecho, el proyecto de ley
estatutaria define en el artículo 1o. que "esta ley regula parcialmente el
derecho a la salud y a la igualdad en los regímenes contributivo y subsidiado
del Sistema General de Seguridad Social en Salud...". Si la regulación de
los derechos es parcial, terminará siendo otro esfuerzo gubernamental y
legislativo inútil, para rematar en la declaratoria de otra emergencia social,
más temprano que tarde.
La Constitución de 1991, en su Título II, de los Derechos, Garantías y Deberes,
y en su Capítulo 2, de los Derechos Sociales, Económicos y Culturales,
artículos 48 y 49, incluye los derechos a la seguridad social y a la atención
en salud, como servicios públicos, el primero bajo la dirección del Estado y el
segundo, a su cargo. Cualquier reforma estructural se fundamenta en que el
Estado recupere la dirección central de la salud de los colombianos, eliminando
el ánimo de lucro en la administración de los recursos que los ciudadanos
aportamos a través de los recaudos parafiscales. Este es el eje fundamental que
defienden las profesiones de la salud, al comprobar, mediante investigaciones
epidemiológicas, que la salud pública se ha deteriorado a partir de la vigencia
de la Ley 100. El mito de la cobertura, medido por la carnetización,
quedó desvirtuado.
Si el presidente Santos persiste en mantener el Ministerio de la Protección
Social y abandona la propuesta inicial de independizar nuevamente el de Salud,
es decisión que debe ser acatada por todos los sectores sociales. En tal caso,
el de la Protección Social funge como rector del sistema de salud en
representación del Estado, y esa es la obligación del ministro Santamaría. Así
lo ordena la Constitución.