Procuraduría dice que condena a médico por negarse a practicar aborto es ilegal

La condena "manifiesta violación de los derechos fundamentales a la justicia y a la igualdad".

En diciembre pasado, la Corte ordenó que el centro médico Cosmitet Ltda. y el médico del caso (Germán Arango Rojas) fueran sancionados porque en enero del 2008 no atendieron la solicitud de los padres de la menor para que se realizara el aborto. La joven padece síndrome de Down y finalmente tuvo el bebé.

En cumplimiento de la sentencia de la Corte, que revisó una tutela interpuesta por la familia, un tribunal de Manizales condenó a la entidad y al médico a pagar perjuicios, y el Tribunal de Ética Médica suspendió al galeno.

El procurador Ordóñez dice que la condena contra el médico es "una manifiesta violación de los derechos fundamentales a la justicia, a la igualdad y al debido proceso", pues asegura que Arango Rojas no pudo defenderse y que solo vio a la menor una vez. Según la Procuraduría, el médico "fue condenado en abstracto".

El Ministerio Público dice que no tiene "ánimo de cuestionar de fondo" la sentencia, pero le pidió a la Corte o que declare su nulidad o que aclare lo que tiene que ver con el profesional de la salud.

El médico asegura que vio a la niña una sola vez cuando el embarazo estaba entre las 18 y 19 semanas y que, en efecto, la familia pidió que se practicara un aborto, a lo que él se negó por objeción de conciencia y porque, en su concepto, "en el momento no era posible establecer si la concepción fue producto de un acto sexual violento". Esas explicaciones no quedaron en el expediente de la Corte porque llegaron por fuera de los tiempos legales.

El médico entuteló a la misma Corte, que tiene el caso en su agenda.

REDACCIÓN JUSTICIA