Así lo determinó al fallar una acción de
cumplimiento interpuesta por el senador del Partido de la U, Armando Benedetti,
quien pedía hacer cumplir esas normas tanto en las piscinas públicas como en
las privadas.
En plena época de vacaciones de fin de año, el Tribunal Administrativo de
Cundinamarca le acaba de ordenar al Gobierno Nacional y a las alcaldías
municipales que implementen la ley de piscinas.
Así lo determinó al fallar una acción de cumplimiento interpuesta
por el senador del Partido de la U, Armando Benedetti, quien pedía hacer
cumplir esas normas tanto en las piscinas públicas como en las privadas.
Benedetti dijo que el fallo garantiza que no sólo el Gobierno haga cumplir
la norma sino que los municipios donde estén ubicadas piscinas, incluidos
centros recreativos, apliquen las normas de seguridad y así eviten la muerte de
niños y adultos.
Según el senador, con el fallo emitido por el magistrado Fredy Ibarra, los
ministerios de Salud y Protección Social y municipios donde se ubiquen piscinas
deberán cumplir de manera inmediata la ley 1209 de 2008 –de seguridad en
piscinas- y el decreto reglamentario 2171 expedido en su momento por el
ministerio de Trabajo y de Protección Social, so pena de sanciones.
Indicó que el fallo se funda en el evidente incumplimiento por parte de las
autoridades públicas y de particulares de dicha norma.
En la demanda se demostró el no acatamiento de las medidas de seguridad y
salubridad que impone la ley, lo que genera un latente riesgo para la comunidad.