Los médicos, a partir del conocimiento que tengan sobre los efectos
terapéuticos de un determinado medicamento, "pueden darle el uso" al misoprostol "que consideren pertinente, con base en su
autonomía, aun cuando no esté explícito en su registro sanitario".
Así lo afirmó la directora del Invima, Blanca Elvira
Cajigas, luego de que la Conferencia Episcopal aseguró que la inclusión de este
fármaco en el POS -para ser usado bajo estricto control médico en la
interrupción voluntaria de embarazos en los tres casos autorizados por la ley-
es una medida médica y jurídicamente improcedente.
Por su parte, Ramiro Vergara Támara, vocero de la Cres,
expresó que esa entidad incluye medicamentos en el POS con base en las
necesidades de la población y sobre análisis técnicos de efectividad y costos.
Monseñor José Daniel Falla, secretario general del Episcopado, dijo que este
medicamento tiene autorización del Invima solamente
para problemas gastrointestinales y para la expulsión de feto muerto del
vientre de la madre. Por lo tanto, dijo el obispo, el Invima
"no puede autorizar la inclusión de un aborto químico ni una norma técnica
para matar seres humanos vivos, porque no se ha otorgado el registro para estos
fines".
El abogado Andrés Forero, miembro del Comité asesor
para la promoción y la defensa de la vida de la Conferencia, dijo que la
inclusión de este producto en el POS es ilegal. Según el jurista, el decreto
4444 del 2006, norma bajo la cual se ampara la medida, está suspendido por el
Consejo de Estado.
Pese a eso, el proceso de inclusión del medicamento fue reanudado por la
Comisión de Regulación en Salud (Cres) en
cumplimiento de una de las órdenes contenidas en sentencia de la Corte
Constitucional que conminó al procurador Alejandro Ordóñez a rectificar una
serie de afirmaciones hechas por él en torno a la despenalización del aborto en
Colombia, en los tres casos específicos.