Las EPS siguen negando servicios
a los pacientes
En
el último trimestre del 2008, fueron las EPS del sistema subsidiado las que más
negaron servicios.
Denuncian
incumplimiento de la sentencia T-760 de la Corte Constitucional que ordenó hace
un año generar mecanismos para evitar que se sigan violando los derechos de los
usuarios del sistema de salud.
Así
lo señala un análisis de la Defensoría del Pueblo.
Esa
es la razón por la cual las acciones de tutela tampoco han disminuido. Solo
durante el 2008 se presentaron 142.947 acciones de este tipo de usuarios
solicitando servicios de salud (33 por ciento más que en el 2007).
A
esta conclusión llegó el ente de control tras hacerles seguimiento a órdenes
impartidas por la sentencia, entre las cuales se cuenta la que conminó a todas
las entidades del sector a adoptar medidas para que se garantizara el pleno
ejercicio del derecho a la salud de los colombianos.
Pese
a que no todas las aseguradoras enviaron a la Superintendencia Nacional de
Salud, como ordenó la Corte, sus informes sobre negación de servicios, la
Defensoría pudo establecer que solo durante el último trimestre del año pasado
las EPS de los regímenes Subsidiado y Contributivo negaron a los pacientes
129.124 servicios.
De
ese total, 118.785 (el 92 por ciento) correspondieron a EPS del Subsidiado.
Nueve de cada diez de esas negaciones, según el informe de la Defensoría,
fueron remitidas a los entes territoriales (secretarías de salud de municipios
y departamentos) para que fueran cubiertas por ellas.
Las
negaciones correspondieron a procedimientos, tratamientos, medicamentos y
exámenes, entre otros, que están contenidos en los planes de beneficios de los
usuarios.
Coomeva EPS, Salud Total y
Compensar concentran el 48,2 por ciento de las negaciones de servicios a los
usuarios del régimen contributivo, seguidas por la Nueva EPS, que negó 1.017
servicios durante el último trimestre del año pasado.
Comfamiliar Huila,
Comfamiliar Cartagena y Comparta, por su parte,
concentran el 53,4 por ciento de las negaciones a afiliados del régimen
Subsidiado.
¿Por
qué niegan?
"Uno
de los motivos de negación que más preocupan es la no aceptación de las órdenes
hechas por profesionales que no pertenecen a la red de servicios de las EPS;
esto va en abierta contravía de la sentencia, que estableció que si el servicio
es pertinente y necesario para el paciente, no es indispensable que el
médico pertenezca a la misma EPS", dijo Vólmar
Pérez, defensor del Pueblo.
Las
EPS también niegan servicios aduciendo que la vida y la salud del paciente no están en riesgo.
"Este
punto también desconoce la sentencia, que exigía adecuar los comités técnico
científicos para que fueran estas instancias las que definieran sobre estos
temas", dijo el Defensor.
Según
la Defensoría, las EPS fundan su actuar en la resolución 3099 del Ministerio de
la Protección, expedida con anterioridad a la T-760.
De
igual modo, muchas negaciones son atribuibles a los médicos tratantes, que no
envían información completa, son inconsistentes en los soportes (o son
ilegibles) y remiten fórmulas sin los requisitos legales.
"Por
lo anterior la Defensoría le solicita al Ministerio cumplir la sentencia y,
sobre todo, la 3099 a lo ordenado por la Corte respecto a la garantía de los
servicios de salud", dijo Pérez.
REDACCIÓN
SALUD