Las EPS siguen negando servicios a los pacientes

En el último trimestre del 2008, fueron las EPS del sistema subsidiado las que más negaron servicios.

Denuncian incumplimiento de la sentencia T-760 de la Corte Constitucional que ordenó hace un año generar mecanismos para evitar que se sigan violando los derechos de los usuarios del sistema de salud.

Así lo señala un análisis de la Defensoría del Pueblo.

Esa es la razón por la cual las acciones de tutela tampoco han disminuido. Solo durante el 2008 se presentaron 142.947 acciones de este tipo de usuarios solicitando servicios de salud (33 por ciento más que en el 2007).

A esta conclusión llegó el ente de control tras hacerles seguimiento a órdenes impartidas por la sentencia, entre las cuales se cuenta la que conminó a todas las entidades del sector a adoptar medidas para que se garantizara el pleno ejercicio del derecho a la salud de los colombianos.

Pese a que no todas las aseguradoras enviaron a la Superintendencia Nacional de Salud, como ordenó la Corte, sus informes sobre negación de servicios, la Defensoría pudo establecer que solo durante el último trimestre del año pasado las EPS de los regímenes Subsidiado y Contributivo negaron a los pacientes 129.124 servicios.

De ese total, 118.785 (el 92 por ciento) correspondieron a EPS del Subsidiado. Nueve de cada diez de esas negaciones, según el informe de la Defensoría, fueron remitidas a los entes territoriales (secretarías de salud de municipios y departamentos) para que fueran cubiertas por ellas.

Las negaciones correspondieron a procedimientos, tratamientos, medicamentos y exámenes, entre otros, que están contenidos en los planes de beneficios de los usuarios.

Coomeva EPS, Salud Total y Compensar concentran el 48,2 por ciento de las negaciones de servicios a los usuarios del régimen contributivo, seguidas por la Nueva EPS, que negó 1.017 servicios durante el último trimestre del año pasado.

Comfamiliar Huila, Comfamiliar Cartagena y Comparta, por su parte, concentran el 53,4 por ciento de las negaciones a afiliados del régimen Subsidiado.

¿Por qué niegan?

"Uno de los motivos de negación que más preocupan es la no aceptación de las órdenes hechas por profesionales que no pertenecen a la red de servicios de las EPS; esto va en abierta contravía de la sentencia, que estableció que si el servicio es pertinente y necesario para el paciente, no es indispensable que el médico pertenezca a la misma EPS", dijo Vólmar Pérez, defensor del Pueblo.

Las EPS también niegan servicios aduciendo que la vida y la salud del paciente no están en riesgo.

"Este punto también desconoce la sentencia, que exigía adecuar los comités técnico científicos para que fueran estas instancias las que definieran sobre estos temas", dijo el Defensor.

Según la Defensoría, las EPS fundan su actuar en la resolución 3099 del Ministerio de la Protección, expedida con anterioridad a la T-760.

De igual modo, muchas negaciones son atribuibles a los médicos tratantes, que no envían información completa, son inconsistentes en los soportes (o son ilegibles) y remiten fórmulas sin los requisitos legales.

"Por lo anterior la Defensoría le solicita al Ministerio cumplir la sentencia y, sobre todo, la 3099 a lo ordenado por la Corte respecto a la garantía de los servicios de salud", dijo Pérez.

REDACCIÓN SALUD