EPS deberán entregar medicamentos antes de 48 horas

 

Los afiliados que así lo autoricen tendrán derecho a que les sean entregados en sus casas.

De ahora en adelante las EPS e IPS de los regímenes contributivo y subsidiado deberán entregar los medicamentos a sus pacientes en un plazo no mayor a 48 horas.

Así lo deja explícito la resolución 1604 de 2013, que además aclara que, si el afiliado lo autoriza, deberán ser entregados en su lugar de residencia o de trabajo. Con esta resolución, el Ministerio de Salud reglamenta el artículo 131 del Decreto Ley 019 de 2012, más conocida como Ley Antitrámites.

Mediante esta resolución el Ministerio busca la entrega a tiempo de las medicinas que requieren los pacientes para mejorar y mantener su salud. “Se entiende que el plazo establecido de 48 horas comprende el tiempo transcurrido después de que afiliado reclama los medicamentos”, expresa la resolución.

Nancy Rocío Huertas, directora de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud, explicó que “cualquier incumplimiento en la entrega de información oportuna, por parte de las EPS e IPS, que nos permita evaluar que las disposición se está cumpliendo, o alguna irregularidad en los criterios técnicos como el transporte, custodia y seguridad del medicamento, conllevará a sanciones, siempre y cuando tengamos evidencia”.

La funcionaria añadió que las personas que tengan problemas con la entrega de sus medicamentos pueden dirigir su queja a la Superintendencia Nacional de Salud. “Ellos tienen la obligación de establecer si hubo o no incumplimiento. Se llamará a los implicados, quienes tendrán que demostrar si cumplieron o no con la entrega oportuna”.

Igualmente, la resolución establece que cuando al paciente le sea entregado su medicamento en su hogar u oficina, recibirá también información sobre su tratamiento, uso adecuado y riesgos del medicamento que toma. "Será aprovechado para educar a las personas", aseguró Huertas.

Por su parte, Laura Ramírez, vocera de Pacientes Colombia, que agrupa a 146 organizaciones del país, sostuvo que es una buena medida, pues en muchas ocasiones las EPS demoran y dilatan la entrega de medicamentos para ahorrar dinero, pero el paciente es el que siempre pierde.

“Esperamos que realmente se cumpla y que se comience a implementar –dijo Ramírez–. La Superintendencia Nacional de Salud juega un papel muy importante en la vigilancia y control de esta resolución; las EPS que no la cumplan deber ser sancionadas”.

Ramírez añadió que es importante que el Ministerio de Salud divulgue esta información y las implicaciones que tiene la resolución, pues muchos pacientes no conocen sus derechos en la materia.

De igual forma, con el fin de tener un estricto seguimiento de inspección, vigilancia y control en la entrega de los medicamentos, se crea el Sistema de Seguimiento, Monitoreo y Control. La norma establece que “tendrá como finalidad servir de herramienta de información a las autoridades sanitarias y permitirá la formulación de políticas, toma de decisiones y monitoreo que requiere el sistema en cada uno de sus componentes”,

El Sistema es liderado por el Ministerio de Salud y está conformado también por la Unidad Administrativa Especial Fondo de Estupefacientes, la Superintendencia Nacional de Salud, el Invima, las Direcciones Territoriales de Salud, las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y las Instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud pertenecientes a los regímenes exceptuados.

REDACCIÓN VIDA DE HOY