Una demanda contra el Código de Infancia, que exige ‘idoneidad física’ a
quienes quieren adoptar un niño, pondrá a la Corte Constitucional a pensar en
el delicado balance entre los derechos de dos poblaciones especialmente
protegidas: los menores de edad y los discapacitados.
El procurador Alejandro Ordóñez le acaba de enviar a la Corte un concepto en
el que pide desechar la demanda. Según la Procuraduría, la norma (Artículo 68
de la Ley de Infancia) no limita las posibilidades de que personas minusválidas
puedan adoptar, pues la decisión queda a valoración de un juez en cada caso.
Pero, más de fondo, el Ministerio Público señala que el espíritu de la
adopción es proteger a los menores que no tienen familia y no necesariamente
darles una familia a los mayores que no la tienen.
“Lo que la ley pretende es que quien adopta sea en realidad alguien que esté
en posibilidad de ofrecer al menor las mayores garantías en cuanto a su
desarrollo armónico”, dice el concepto, enviado a la magistrada
María Victoria Calle, a cargo del caso.
La demanda fue instaurada por Andrea Vera Rodríguez, quien espera que la
Corte declare inexequible la expresión “idoneidad física”. El requisito, agrega
la demandante, excluye a las personas discapacitadas de la posibilidad de
convertirse en padres adoptantes y les niega su derecho a fundar una familia en
condiciones de igualdad.
La directora de Adopciones del Icbf, Ilva Luz Cárdenas,consideró
que la exigencia se aplica de manera integral junto con otros aspectos como la
capacidad mental y el entorno familiar.
Por su parte, Jeannette Rosas, presidenta de la fundación Corpoalegría –que trabaja con población con discapacidad–
considera que la normatividad es discriminatoria con esta comunidad