El caso de una mujer embarazada que falleció por falta de atención y de un
diagnóstico acertado y oportuno llevó a la Corte Suprema de Justicia a advertir
a los médicos sobre su responsabilidad de remitir a los pacientes a centros
donde puedan recibir la atención debida.
La mujer tenía 28 semanas de embarazo y falleció a las 8:45 de la mañana del 20
de julio del 2002 en el Hospital Chicamocha, en El
Socorro (Santander), por eclampsia.
Ella había llegado el día anterior al centro de salud de Puente Nacional con
dolores estomacales y vómito, y fue atendida por el médico Alfonso Prada Becerra, quien le diagnosticó úlcera gástrica.
Prada fue condenado a dos años de cárcel por
homicidio culposo por negligencia médica. Sin embargo, el médico llevó el caso
ante la Sala Penal de la Corte alegando errores en su proceso. En sus alegatos,
afirmó que las limitaciones con las que contó para obtener un diagnóstico
acertado le impidieron actuar de manera oportuna.
En el fallo, la Corte indicó que "dada la posición de garante asumida por
el médico respecto de su paciente -desde que lo valora hasta que lo da de alta
o lo remite-, le es exigible respetar el deber objetivo de cuidado, cuyo
estándar está reglado en los preceptos jurídicos y los protocolos que la lex artis (las reglas de su
profesión) le impone".
En este caso, el médico no tuvo cuidado en analizar la historia clínica de la
paciente, en la que figuraba que ese era su cuarto embarazo y que ya había
sobrepasado las 20 semanas de gestación, lo que en sí ya representaba un
riesgo.
La mujer llegó al centro de salud a las 7 de la mañana del 19 de julio del 2002
con hipertensión, uno de los signos comunes de posible preeclampsia
o eclampsia, las patologías que causaron su muerte.
La preeclampsia es una enfermedad que se desarrolla
en las mujeres embarazadas, relacionada con la presión sanguínea y cuya causa
aún se desconoce. La eclampsia es aún más grave y está acompañada de
convulsiones.
A pesar de estos antecedentes, el médico Prada no
reaccionó hasta las 4:45 de la tarde, cuando la mujer comenzó a tener visión
borrosa y a convulsionar.
Fue entonces cuando ordenó realizarle exámenes de laboratorio y, sobre la
medianoche ordenó, la remisión al hospital de El Socorro.
Ante esta situación, los médicos que atendieron finalmente a la mujer en el
Hospital Chicamocha, a pesar de contar con los medios
necesarios, no pudieron hacer nada para evitar su muerte.
Su remisión se produjo en forma tardía, determinó finalmente el informe forense
de Medicina Legal.
gerjim@eltiempo.com
REDACCIÓN JUSTICIA