¿Cómo quedó la reforma a la salud tras aprobarse la Ley Estatutaria?

La atención de niños, niñas y adolescentes, mujeres en embarazo, desplazados, víctimas de violencia, la población adulta mayor y personas que sufren de enfermedades raras, no será limitada por ningún tipo de restricción administrativa o económica.

No todo está resuelto aún en el tema de la salud de los colombianos, pues aunque quedó lista la Ley Estatutaria, las grandes discusiones sobre cómo funcionará este nuevo sistema se darán durante el trámite de la ley ordinaria en el segundo semestre del año.

Este jueves, luego de la aprobación definitiva por parte del Congreso del texto de Ley Estatutaria de la Salud, el ministro de esta cartera, Alejandro Gaviria, dijo que si bien esta norma no resolverá todos los problemas del sistema de salud en Colombia, es una buena iniciativa que pone la salud como derecho fundamental. “Yo creo que estamos construyendo una nueva institucionalidad, otras reglas de juego y sin duda, este es el principio de un mejor sistema de salud para todos”

La presidente de la Comisión Primera del Senado, Karime Mota, dijo que uno de los aportes importantes es la ampliación de un plan de servicios médicos a los que podrán acceder los colombianos de nacimiento y adopción. “Sólo habrá exclusiones de cobertura de servicios médicos suntuarios”.

El senador Luis Fernando Velasco destacó que la Ley no afectará la tutela y seguirá como un herramienta de apoyo para la gente.

Algunos de los temas más sensibles como la posible desaparición de las EPS, su transformación como gestoras de servicios de salud y la opción de tener diferentes tipos de aseguramientos, siguen sobre la mesa y serán debatidas durante el trámite de la ley ordinaria que se dará en el segundo semestre del año.

Financiación del sistema

La Ley ordena que el Estado disponga los recursos necesariospara asegurar el derecho a la salud, de conformidad con las normas constitucionales de sostenibilidad fiscal. Algunos senadores criticaron esta última frase porque podría implicar una restricción en los servicios por falta de dinero.

Al mismo tiempo la norma plantea como un derecho de los usuarios el de contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud, según su capacidad de pago.

Los recursos públicos de la salud no podrán ser embargados.

Precios de los medicamentos

El Gobierno establecerá una política farmacéutica, así como los mecanismos de regulación de precios de medicamentos. Para ello, el Ministerio de Salud debe regular los precios, comparándolos con los costos internacionales.

El costo de las medicinas no podrán superar el precio internacional de acuerdo con la metodología que defina el país.

También se tendrá que regular el margen de distribución y comercialización cuando éste no refleje condiciones competitivas.

Los prestadores del servicio

Según la nueva Ley, el sistema de salud estará organizado en redes de servicios de salud, las cuales podrán ser públicas, privadas o mixtas.

Para recibir atención médica no se requerirá ningún tipo de autorización entre el prestador del servicio y, las hoy EPS, cuando se trate de atención inicial de urgencia y en aquellas circunstancias que determine el Gobierno.

El médico será autónomo para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento de los pacientes que tiene a su cargo.

Sanciones

Esta es otra novedad dentro de la reforma que indica que el Congreso debe definir sanciones penales y disciplinarias para las entidades que niguen los servicios de salud.

Con esto el senador Armando Benedetti, afirma que se acaba el paseo de la muerte, porque no se podrá negar ningún servicio.

Aunque todavía no está establecido, esto podría acarrear entre 3 y 10 años de cárcel para el representante de la EPS.

¿Qué no cubrirá?

No se cubrirán servicios o tecnologías que tengan como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario.

Se prohíbe que los recursos de la salud se inviertan en productos sobre los que no se tenga evidencia científica o aquellos que están en experimentación.

Tampoco se cubrirán servicios que tengan que prestarse en el exterior y se excluyen medicamentos cuyo uso no haya sido autorizado por la autoridad competente.