La atención de niños, niñas y adolescentes, mujeres
en embarazo, desplazados, víctimas de violencia, la población adulta mayor y
personas que sufren de enfermedades raras, no será limitada por ningún tipo de
restricción administrativa o económica.
No todo está
resuelto aún en el tema de la salud de los colombianos, pues
aunque quedó lista la Ley Estatutaria, las grandes discusiones sobre cómo
funcionará este nuevo sistema se darán durante el trámite de la ley ordinaria
en el segundo semestre del año.
Este jueves,
luego de la aprobación definitiva por parte del Congreso del texto de Ley
Estatutaria de la Salud, el ministro de esta cartera, Alejandro Gaviria, dijo
que si bien esta norma no resolverá todos los problemas del sistema de salud en
Colombia, es una buena iniciativa que pone la salud como derecho fundamental. “Yo creo que estamos construyendo una nueva
institucionalidad, otras reglas de juego y sin duda, este es el principio de un
mejor sistema de salud para todos”
La presidente de la Comisión Primera del Senado, Karime
Mota, dijo que uno de los aportes importantes es la ampliación de un plan de
servicios médicos a los que podrán acceder los colombianos de nacimiento y
adopción. “Sólo habrá exclusiones de cobertura de servicios médicos
suntuarios”.
El senador Luis Fernando Velasco destacó que la Ley no afectará la
tutela y seguirá como un herramienta de apoyo para la
gente.
Algunos de los temas más sensibles como la posible desaparición de las
EPS, su transformación como gestoras de servicios de salud y la opción de tener
diferentes tipos de aseguramientos, siguen sobre la mesa y serán debatidas
durante el trámite de la ley ordinaria que se dará en el segundo semestre del
año.
La Ley ordena que el Estado disponga los recursos necesariospara
asegurar el derecho a la salud, de conformidad con las normas constitucionales
de sostenibilidad fiscal. Algunos senadores criticaron esta última frase porque
podría implicar una restricción en los servicios por falta de dinero.
Al mismo tiempo la norma plantea como un derecho de los usuarios el de
contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud,
según su capacidad de pago.
Los recursos públicos de la salud no podrán ser embargados.
El Gobierno establecerá una política farmacéutica, así como los
mecanismos de regulación de precios de medicamentos. Para ello, el Ministerio
de Salud debe regular los precios, comparándolos con los costos internacionales.
El costo de las medicinas no podrán superar el
precio internacional de acuerdo con la metodología que defina el país.
También se tendrá que regular el margen de distribución y
comercialización cuando éste no refleje condiciones competitivas.
Según la nueva Ley, el sistema de salud estará organizado en redes de
servicios de salud, las cuales podrán ser públicas, privadas o mixtas.
Para recibir atención médica no se requerirá ningún tipo de autorización
entre el prestador del servicio y, las hoy EPS, cuando se trate de atención
inicial de urgencia y en aquellas circunstancias que determine el Gobierno.
El médico será autónomo para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y
tratamiento de los pacientes que tiene a su cargo.
Esta es otra novedad dentro de la reforma que indica que el Congreso
debe definir sanciones penales y disciplinarias para las entidades que niguen los servicios de salud.
Con esto el senador Armando Benedetti, afirma que se acaba el paseo de la
muerte, porque no se podrá negar ningún servicio.
Aunque todavía no está establecido, esto podría acarrear entre 3 y 10
años de cárcel para el representante de la EPS.
No se cubrirán servicios o tecnologías que tengan como finalidad principal
un propósito cosmético o suntuario.
Se prohíbe que los recursos de la salud se inviertan en productos sobre
los que no se tenga evidencia científica o aquellos que están en
experimentación.
Tampoco se cubrirán servicios que tengan que prestarse en el exterior y
se excluyen medicamentos cuyo uso no haya sido autorizado por la autoridad
competente.