Entre las obras, los trancones y las ambulancias,
ya no hay cómo circular por las ciudades con tranquilidad. Y si bien es cierto
que el tránsito de autos de emergencia tiene prioridad, estos se han convertido
en un dolor de cabeza más para los conductores de vehículos particulares y
públicos, quienes ‘se ven a gatas’ para acomodarse en la vía cuando les pita
una sirena.
Hace pocos meses, EL TIEMPO y Citytv realizaron un
largo informe sobre el control y tráfico de estos vehículos. Aunque en ese
momento el mayor problema era el mal uso que se les estaba dando, también quedó
en evidencia la falta de control que hay sobre su uso, pues a ciencia cierta
nadie sabe por dónde, cómo y con cuánta prioridad deben moverse, y se convierten
en una causa más de accidentes mortales en el complicado tránsito por las vías
más congestionadas.
La ley es clara, pero no específica, lo que da pie a interpretaciones, dudas
y omisiones. Por ejemplo, no explica qué hacer en caso de que no haya paso hacia
un lado: ¿los conductores de carros particulares se deben pasar también los
semáforos en rojo? ¿Pueden realizar las ambulancias cruces prohibidos o cometer
infracciones? ¿Qué pasa cuando el apuro deja un afectado o causa otro
accidente? ¿Quién responde? De acuerdo con el Protocolo para
Es decir que es este mismo ente el encargado de controlar que su paso por el
complejo tráfico de Bogotá se dé teniendo en cuenta lo establecido por las
normas, garantizando también la seguridad de los demás ciudadanos, conductores
y peatones.
El Código Nacional de Tránsito establece normas mínimas y bastante generales
sobre el paso de los vehículos de emergencia, y sin ser muy específico sobre
hechos y acciones que se deben efectuar en diferentes momentos. Dice: “Artículo
64. Cesión de paso en la vía a los vehículos de emergencia. Todo conductor debe
ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpos de bomberos, vehículos de
socorro o emergencia y de la policía o ejército, orillándose al costado derecho
de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo cuando anuncien
su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o
audible. En todo caso, los vehículos de emergencia deben reducir la velocidad y
constar que les han cedido el derecho de paso, al cruzar una intersección”.
¿Por dónde deben transitar? El Código Nacional de Tránsito es claro al
especificar por dónde y cómo deben transitar las ambulancias para que los
conductores de carros particulares puedan cederles el paso y no generen más trancón en las vías y, peor aun, provoquen accidentes.
“Artículo 64. Parágrafo. En calzadas de tres (3) carriles deberá procurarse
despejar, como mínimo, el carril del medio para el paso de estos vehículos.
Si tiene más de tres (3) carriles, se despejará el siguiente al del carril
más rápido, o por donde lo haya demarcado la autoridad de tránsito mediante la
señalización especial. En todo caso, se permitirá el paso”.
El problema es que, en el país, son pocas las vías de tres o más carriles, y
el Código no especifica el comportamiento que deben seguir los conductores,
tanto particulares como de las ambulancias, en vías de dos calzadas, en doble
vía y en carreteras.